miércoles, 27 de mayo de 2015

PANTERITA.ESTERILIZA A TUS COMPAÑEROS.ES UNA NECESIDAD PARA EVITAR LA SUPERPOBLACIÓN.

CASI EN CADA SITIO NOS ENCONTRAMOS CON GENTE QUE NOS LLAMA PORQUE EN SU DÍA SE "HICIERON CARGO" DE UNA GATA/GATO QUE RESULTÓ QUE SE LES ASALVAJÓ Y NO LA PUDIERON TOCAR MÁS,O QUE SIMPLEMENTE POR IGNORANCIA,PASOTISMO ,IRRESPONSABILIDAD NUNCA LA/LO CASTRARON.DESPUES DE UN TIEMPO,ALGUNOS SE DAN CUENTA DEL DESCONTROL QUE  SE LES OCASIONA Y QUE OCASIONAN.
PANTERITA PROCEDE DE UNA COLONIA DE LAS AFUERAS DE VIGO DÓNDE LLEVAMOS CASTRADO EN LOS ÚLTIMOS AÑOS MÁS DE 70 FELINOS.
LOGRAMOS CONVENCER A MUCHOS CIUDADANOS DE LA NECESIDAD DE HACERSE CARGO EN ESTE SENTIDO,EXPLICÁNDOLES LAS CONSECUENCIAS QUE GENERAN SUS ACTOS.
LA LEY  NO OBLIGA A CASTRAR PERO SI OBLIGA A :
 
Art. 7.³ De las obligaciones de los poseedores.
1. Los poseedores de los animales tienen la obligación de tratarlos humanitariamente y
mantenerlos en buenas condiciones higiénicosanitarias, de acuerdo con las
características propias de la especie, cumpliendo lo dispuesto en esta Ley y en sus
disposiciones reglamentarias.
2. El poseedor será responsable de adoptar las medidas necesarias para impedir que los
animales ensucien las vías o espacios públicos, causen molestias a los vecinos o pongan
en peligro a quien conviva en su entorno. 

 (LOS ANIMALES QUE ANDAN A LIBRE ALBEDRÍO,
PROVOCAN ACCIDENTES,SON VÍCTIMAS DE DISPAROS,ENVENENAMIENTOS ,ATROPELLOS, GENERAN CAMADAS SIN CONTROL ,SUPERPOBLACIÓN..........)
3. Los poseedores de animales domésticos y salvajes en cautividad pertenecientes a las
especies que reglamentariamente e determinen habrán de censarlos en los
correspondientes servicios provinciales de sanidad en producción animal, en el plazo de
un mes. La Consejería de Agricultura, Ganadería y Montes podrá establecer la
obligatoriedad de que otras especies de animales de compañía sean censadas.
4. El poseedor de un animal, sin perjuicio de la responsabilidad subsidiaria del
propietario, será responsable de los daños y perjuicios que

ocasione el mismo, con

arreglo a la legislación aplicable, en su caso.

 
 
 
 
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